presidente provicional

Descripción que efectúa el Diccionario Jurídico de Derecho Constitucional (México, 1997) sobre Presidente provisional:Persona en la que se deposita transitoriamente el ejercicio del supremo poder ejecutivo de la unión cuando falta el titular. 

Lo designa la comisión permanente en los casos en que no esté reunido el congreso de la unión; una vez hecha la designación debe convocar ella misma a aquél para que, a su vez, designe al presidente que corresponda.
En la historia constitucional no ha habido un caso de presidente provisional. La designación se deberá hacer por simple mayoría de los presentes; si el quórum de la permanente es, como se lleva en la práctica, más de la mitad 

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