presidente provicional
Descripción que efectúa el Diccionario Jurídico de
Derecho Constitucional (México, 1997) sobre Presidente provisional:Persona
en la que se deposita transitoriamente el ejercicio del supremo poder ejecutivo
de la unión cuando falta el titular.
Lo designa la comisión permanente en los
casos en que no esté reunido el congreso de la unión; una vez hecha la
designación debe convocar ella misma a aquél para que, a su vez, designe al presidente que corresponda.
En la historia
constitucional no ha habido un caso de presidente provisional. La designación se deberá hacer por simple mayoría
de los presentes; si el quórum de la permanente es, como se lleva en la
práctica, más de la mitad
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